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Inicio - CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LA PRIMERA RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA 2026, PARA AYUDAS A LA NATALIDAD Y ADOPCIÓN EN MUNICIPIOS CON POBLACIÓN NO SUPERIOR A 1.000 HABITANTES DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA.

CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LA PRIMERA RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA 2026, PARA AYUDAS A LA NATALIDAD Y ADOPCIÓN EN MUNICIPIOS CON POBLACIÓN NO SUPERIOR A 1.000 HABITANTES DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA.

Diputación Provincial de Almería

Bienestar Social, Igualdad y Familia

Servicios Sociales

Subvenciones y Ayudas - Familia - 2026- CONCESION PRIMERA AYUDAS A LA NATALIDAD

Publicado: 05/08/2026
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, A LA PRIMERA RELACIÓN DE BENEFICIARIOS, CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA 2026 PARA AYUDAS A LA NATALIDAD Y ADOPCIÓN EN MUNICIPIOS CON POBLACIÓN NO SUPERIOR A 1.000 HABITANTES DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA.

La Junta de Gobierno de esta Diputación, en su sesión celebrada el día 22 de junio de 2026 (BOP núm. 122, de fecha 29 de junio de 2026) aprobó (Acuerdo Urgente núm. 11) la convocatoria de subvenciones para ayudas a la natalidad y adopción, en municipios con población no superior a 1.000 habitantes de la provincia de Almería.

La convocatoria tiene por objeto conceder una prestación económica, por nacimiento y/o adopción a los progenitores y/o adoptantes que residan en dichos municipios.

El crédito aprobado para la convocatoria es de cien mil (100.000) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 4100 231 480.

A cada beneficiario se le asignará, en un único pago, una subvención de mil (1.000) euros. En caso de parto o adopción múltiple, la subvención se multiplicará por el número de menores nacidos/adoptados

Conforme a la base V de la convocatoria, para ser beneficiario de la subvención es preciso cumplir los siguientes requisitos:

1. Convivir, con el menor causante de la subvención, en un municipio de Almería con población no superior a 1.000 habitantes. Ambos estarán empadronados en el mismo domicilio del municipio.

2. En caso de persona extranjera extracomunitaria, no hallarse en situación irregular y ser titular de la preceptiva autorización para residir en España.

3. Estar empadronada ininterrumpidamente en un municipio de la provincia de Almería no superior a 1.000 habitantes, al menos, el año antes a la fecha del nacimiento y/o adopción.

4. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y Local (Diputación Provincial / Ayuntamiento) y frente a la Seguridad Social y no incurrir en ninguna de las prohibiciones que recogen los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

5. No tener deudas con la Diputación Provincial, por obligaciones de reintegro de otras subvenciones.

6. Tener actualizados sus datos en el padrón municipal de habitantes.

El plazo para la presentación de solicitudes se abrió el día 30 de junio y hasta el 23 de julio, se han recibido las siguientes:



SOLICITUDES
NIF
MUNICIPIO
RESINA FERNÁNDEZ ISABEL
***2567**
CHERCOS
AGUDO NAVÍO NOEMI
***6971**
SUFLÍ
CID SÁNCHEZ PATRICIA
***2914**
BENIZALÓN
MIRANDA CARBALLO VERÓNICA
***5705**
CASTRO DE FILABRES
MORA MORA MARÍA ÁNGELES
***0470**
PARTALOA
LÓPEZ CASTRO LUIS MATÍAS
***3674**
SANTA FÉ DE MONDUJAR
PÉREZ ROSA AMANDA
***8373**
ULEILA DEL CAMPO
MÁRTINEZ MUÑOZ ROSA MARÍA
***6126**
ULEILA DEL CAMPO
GARCÍA GÁMEZ MIRIAM
***4077**
PATERNA DEL RÍO
SÁEZ CAYO MIRTA PATRICIA
***6783**
LÍJAR

Tal como establece la base VIII de la convocatoria, el Servicio Jurídico ha examinado cada solicitud y emitido el correspondiente informe de instrucción fechado el 28 de julio.

De acuerdo con dicho informe, las personas que constan en el punto primero de la parte dispositiva del presente Acuerdo cumplen los requisitos para ser beneficiarias de la subvención, salvo Dª Verónica Miranda Carballo que está pendiente de presentar la documentación requerida.


El órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de estas subvenciones es la Junta de Gobierno de la Diputación.

Por lo expuesto, el Diputado Delegado que suscribe propone que, por la Junta de Gobierno, se adopte el siguiente Acuerdo:



1º.) Comprometer el gasto de nueve mil (9.000,00) euros, a favor de las beneficiarias relacionadas a continuación (total 9) en concepto de subvenciones para ayuda a la natalidad y adopción en municipios con población no superior a 1.000 habitantes de la provincia de Almería
PERSONAS BENEFICIARIAS
NIF
IMPORTE SUBVENCION
EUROS
RESINA FERNÁNDEZ ISABEL
***2567**
1.000,00
AGUDO NAVÍO NOEMI
***6971**
1.000,00
CID SÁNCHEZ PATRICIA
***2914**
1.000,00
MORA MORA MARÍA ÁNGELES
***0470**
1.000,00
LÓPEZ CASTRO LUIS MATÍAS
***3674**
1.000,00
AMANDA PÉREZ ROSA
***8373**
1.000,00
MÁRTINEZ MUÑOZ ROSA MARÍA
***6126**
1.000,00
GARCÍA GÁMEZ MIRIAM
***4077**
1.000,00
SÁEZ CAYO MIRTA PATRICIA
***6783**
1.000,00

2º) Reconocer, con cargo a la aplicación 4100 231 48000 del presupuesto vigente, la obligación de esta Diputación a favor de las beneficiarias citadas, por los respectivos importes cuya suma asciende a nueve mil (9.000) euros.

3º) Publicar la información del presente Acuerdo en el Tablón de Anuncios de la página web de Diputación.

4º) Las personas beneficiarias podrán renunciar a la subvención concedida mediante escrito que presentarán en el plazo de 5 días hábiles a partir del siguiente a la publicación del presente Acuerdo. Transcurrido dicho plazo, se entenderá que aceptan la subvención concedida.

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